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Diferentes maneras de abonar el alquiler

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Tanto si vas a alquilar una vivienda como si tienes una casa en propiedad y deseas ponerla en el mercado de alquiler, seguro que el tema del pago de la renta es uno de los que más te preocupa.

Antiguamente, el abono de la mensualidad se hacía en mano, pero hoy en día lo más común es efectuar una transferencia bancaria. Sin embargo, es interesante que sepas que existen otras alternativas.

Pago en efectivo

El pago de la renta de alquiler en efectivo es algo totalmente legal, solo hay un caso en el que no puede realizarse: si el importe supera los 2.500 euros. Los pagos en efectivo de más de esta cantidad están expresamente prohibidos por la Ley de Lucha contra el Fraude.

En el resto de casos, puedes hacer el pago en efectivo sin ningún problema. Aunque esto no es demasiado cómodo, porque implica que cada mes tienes que buscar fecha y hora para quedar con el propietario para efectuar el abono.

Como inquilino, debes exigir a tu arrendador que te entregue un recibo en el mismo momento en el que efectúas el pago. Es la única forma que vas a tener de demostrar que has cumplido con tu obligación, y él no puede negarse a entregártelo, de hecho, la ley le obliga a dártelo.

Pago mediante transferencia bancaria

Se ha convertido en la forma más habitual de pagar la renta, porque tiene importantes ventajas para ambas partes. El inquilino puede programar la transferencia, así que va abonando la renta sin tener que preocuparse de estar pendiente de ello. Incluso si no ha programado la operación, realizar una transferencia online ya no lleva más de un par de minutos.

Por otro lado, el movimiento del dinero queda registrado tanto en la cuenta del inquilino como en la del propietario, por lo que ya no es necesario pedir un justificante.

Si hacer la transferencia supone un coste para el arrendador, lo que se puede hacer es negociar quien debe hacer frente al pago de la comisión o, en su defecto, buscar otro sistema que no suponga un coste añadido.

Pago del alquiler por Bizum

Bizum se ha convertido en un medio de pago muy habitual y muy práctico para las transacciones del día a día, y también puede ser una buena opción cuando se trata de abonar el importe de la renta al casero.

La única prevención que hay que tener en cuenta es que las transacciones no pueden superar los 1.000 euros. Si la renta supera este importe, será más sencillo buscar otro medio de pago.

Otro aspecto a valorar es el hecho de que Bizum no expide recibos de las operaciones realizadas, así que será necesario que el arrendador entregue al arrendatario un justificante o recibo que acredite que ha recibido el dinero.

Pagar el alquiler mediante domiciliación del pago

No es una opción muy habitual porque suele llevar costes añadidos, pero es una alternativa que está ahí y que debemos conocer. En este caso, desde la cuenta bancaria del arrendador se emite una orden de pago hacia la cuenta de su inquilino. De este modo, cuando llega una determinada fecha, se descuenta de manera automática el importe de la renta de la cuenta bancaria del arrendatario.

Como en el caso de la transferencia, su gran ventaja es que la operación queda directamente registrada en las cuentas de ambas partes implicadas, por lo que no hace falta que se expida ningún tipo de justificante.

Cada forma de pagar el alquiler tiene sus pros y algunos contras. Por eso, es importante que arrendador y arrendatario negociéis bien cómo se va a hacer el pago mensual, para que sea lo más sencillo posible y no suponga asumir costes adicionales.

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